Uno de los factores que caracterizan el perfil del microempresario individual (MEI) es su facturación, ya que sólo puede ganar hasta R$ 81.500 por año. Sin embargo, en algunos casos, los microempresarios terminan superando este límite y cuestionan las consecuencias de ello. De esa manera, comprenderá mejor qué sucede si el MEI supera el techo de facturación.
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Para convertirse en MEI, y permanecer como tal, existen criterios establecidos por la Ley de Complementación 128/2008, tales como: tienen ingresos anuales de hasta R$ 81.000, con un promedio de R$ 6.750 por mes, disponibles para las empresas activas durante el año; no participación en otra empresa; poseer un solo establecimiento (sin sucursales); tener como máximo un empleado (con salario mínimo o piso de categoría); entre otros factores.
Si el empresario incumple alguna de estas condiciones, deberá comunicarlo a Ingresos hasta el final del mes siguiente a la ocurrencia del cambio. Si esto no se hace, la organización puede asumir esta posición y cambiar la categoría MEI a una superior, como una microempresa (ME), sin informar al empresario.
En los casos en que el aumento fuera del 20% con relación al límite de facturación de hasta R$ 81 mil, el empresario deberá cobrar el Documentos de Recaudación del Simple Nacional (DAS), que aún se encuentran en poder del MEI, hasta diciembre del presente año. La palanquilla es generada por el sistema de declaración (DASN), el cual ya ha sido precalculado con los impuestos aplicables. Además, pasar a una categoría de nivel superior por encima de MEI es opcional. Con esto, luego de pagar el DAS, el emprendedor puede optar por permanecer en el MEI en el año siguiente.
En los casos en que el valor supere el 20% con relación al valor techo del MEI, el cambio de categoría de empresa es obligatorio y debe ser comunicado a la Receitaría. Si no presenta la solicitud, los impuestos se recaudarán retroactivamente.