El dolor de espalda puede interrumpir el día de una persona y dificultar las actividades profesionales. Muchas personas acaban siendo sancionadas por no realizar correctamente sus tareas y deben abandonar el lugar de trabajo.
Sin embargo, los problemas de columna pueden complicar la vida de una persona debido a las consecuencias, no a la enfermedad en sí. Por ello, muchas personas dudan de que el dolor de columna pueda generar la jubilación por invalidez.
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El dolor de espalda puede generar muchos problemas para el bienestar del trabajador, dificultando el desempeño del trabajo. Hay personas que pueden trabajar normalmente a pesar de tener problemas en el lugar de trabajo. Por lo tanto, el trabajador sólo puede reclamar el derecho a la jubilación por invalidez si se prueba que el dolor de espalda promueve la incapacidad permanente para realizar sus actividades laborales.
Sin embargo, cabe mencionar que primero el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) otorgará el subsidio de enfermedad para que exista la posibilidad de rehabilitación. Con esto, el trabajador podrá contar con ayuda económica para buscar un tratamiento adecuado para el dolor de espalda, para reincorporarse al trabajo, si es posible.
Posteriormente, el asegurado puede acceder a la jubilación por invalidez cuando se acredite que ya no puede trabajar.
Para acceder al beneficio, el trabajador debe solicitar la jubilación por invalidez. En el proceso, será necesario acreditar el estado de la enfermedad, para ello, es necesario pasar por el examen médico, en el cual la persona deberá someterse a exámenes específicos, presentar informes y certificados que acrediten el dolor de espalda como motivo de incapacidad permanente.
Además, el trabajador debe tener 12 meses de cotización a la seguridad social, es decir, el período de carencia. Este es uno de los recursos necesarios a cumplir para obtener la jubilación por invalidez, sin embargo, existen casos específicos en los que este trámite no es necesario.