O Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) otorga beneficios a los trabajadores que se encuentren en la imposibilidad permanente de realizar alguna actividad laboral o cuyo asegurado no pueda recuperarse en otras ocupaciones.
En estos casos, la jubilación por invalidez está disponible. Sin embargo, hay un beneficio adicional del 25% para aquellos con otras condiciones adictivas. Obtenga más información a continuación.
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También conocido como "Discapacidad Mayor", el beneficio adicional La pensión de invalidez, 25%, es un beneficio otorgado a los asegurados que requieren asistencia de por vida de otros.
Este beneficio está previsto en el artículo 45 de la Ley nº 8.213/91, con base en la Constitución Federal, y está en consonancia con la principio de la dignidad de la persona humana - valor moral y espiritual inherente al ser humano, es decir, este garantizar.
El objetivo es brindar al asegurado un subsidio para pagar el trabajo del cuidador y obtener una mejor calidad de vida. Para recibir este beneficio, debe ser evaluado por un médico especialista del propio INSS.
Para quienes ya están jubilados o están siendo evaluados para retiro por invalidez para tener derecho a beneficio, debe tener una o más de las siguientes condiciones de salud:
Para iniciar el proceso de solicitud, el solicitante primero debe acceder a la página web “Mi INSS” y seleccionar la opción “Nuevo Pedido”. Luego solo ingrese el nombre del beneficio deseado y continuar con los demás pasos del pedido.
La evaluación de la licencia del INSS determinará si el jubilado tiene derecho a un aumento del 25% en el monto de la prestación. Además, el resultado final dependerá de la aprobación del supervisor que realizará las evaluaciones médicas del asegurado.