O Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cambió las reglas para los que quieren jubilarse y cotizaban antes del año 1994. Porque fue precisamente en ese año que entró en vigencia el real, la nueva moneda del país. Si quieres saber cómo será el cálculo de la jubilación para quienes trabajaron antes de 1994, ¡entonces sigue leyendo!
Estos cambios afectaron directamente el cálculo de las pensiones, que pasó a considerar los valores de los salarios de cotización realizados a partir de julio de 1994. La nueva directriz determinaba que el tiempo de cotización realizado antes de julio de ese año continuaría contando con normalidad, pero no sus montos. El gobierno entendió que el cambio de moneda generaba dificultades en su conversión, más aún por la inflación de la época.
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Pero para el INSS, con la llegada del real, se hizo más fácil tener en cuenta los montos de las cotizaciones realizadas.
Para aquellos que tuvieron una buena cantidad de tiempo contribuyendo en julio de 1994, pero aún no lo lograron cumplir con los requisitos necesarios para jubilarse, el INSS solo considerará montos a partir de julio 1994. Por lo tanto, podrá jubilarse si se encuentra en las siguientes situaciones:
Para los hombres, el individuo debe tener 65 años y un período de carencia de 180 meses. En el caso de las mujeres, deberán tener 60 años de edad y un período de carencia de 180 meses.
El INSS hará un promedio del 80% de tu mayor salario de cotización para estipular el monto de la prestación, por lo que, de ese promedio, recibirás el 70% + 1% cada año de cotización.
El individuo varón deberá tener 35 años de cotización y 180 meses de carencia. Las personas físicas, por su parte, deberán contar con 30 años de cotización y 180 meses de carencia.
Se hará un promedio del 80% de su salario máximo de cotización, pero en este caso la mujer recibe el 70% con 25 años de cotización y el hombre con 30 años. de cotización + 6% por cada año completo de actividad, hasta un máximo del 100%, cuando la mujer alcance 30 años de cotización y el hombre, 35 años de cotización. contribución.
La regla de puntos no se aplicará en este caso, ya que solo entró en vigencia en 2015. Sólo será válido el cómputo de la jubilación que se realice en función de los aportes realizados antes de julio de 1994.
Si antes de ese período ya tenías un buen aporte, solicita la jubilación de acuerdo a las reglas antes mencionadas. Con esto, su beneficio se convertirá en real en la proporción adecuada. Pero vale la pena recordar que esta regla solo se aplica a aquellos que aún no se han jubilado.