Siempre es bueno estar al día con las actualizaciones de las leyes estándar, pero es muy importante estar al tanto de los cambios que pueden afectarlo. Por tanto, si eres o conoces a alguien con alguna enfermedad y eres trabajador de una empresa o institución, consulta la posibilidad de conceder la jubilación por invalidez.
Lea mas: ¿Pueden los hipertensos recibir pensión de invalidez?
vea mas
Confirmado: Samsung realmente está produciendo pantallas plegables para...
China realiza experimentos con peces cebra en la estación espacial…
Es imprescindible que el asegurado sepa que existen unos requisitos para la posibilidad de garantizar la concesión de la jubilación por invalidez o incluso de la prestación por enfermedad.
Hay condiciones extremas y algunas enfermedades que hacen que una persona pierda por completo la capacidad de continuar con su trabajo. Además, también hay muchos casos en los que el empleado se encuentra temporalmente incapacitado para desempeñar sus funciones.
De esta manera, el gobierno también puede asumir la responsabilidad. El organismo que mantiene el sistema de seguridad social, el INSS, pasa a ser responsable de los ingresos de ese trabajador es reemplazado por una pensión de invalidez, que a menudo comienza con una asistencia de una manera temporario.
Estas dos condiciones difieren en sus conceptos, hoy en día la prestación por enfermedad, que se denomina ayuda por incapacidad temporal, se paga temporalmente al asegurado. La jubilación por invalidez se concede por la duración de la invalidez.
Sin embargo, para los beneficios garantizados, existen requisitos necesarios.
Además, es importante recalcar que los requisitos son los mismos para mujeres y hombres.
El trabajador, asegurado por el INSS, debe programar un reconocimiento médico a través de la página web de solicitud de la agencia, "Meu INSS", o a través de la extensión de servicio 135.
Por tanto, las enfermedades que dan derecho a la jubilación aun sin carencia mínima son: