En medio de las desigualdades sociales surgen muchas discusiones sobre la concentración de la tierra y la distribución de los recursos. Entre ellos, existe un debate sobre la bienes.
O concepto está relacionado con temas de concentración y explotación de la tierra, así como con conflictos sociales por la tenencia de la tierra.
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que es latifundio? Originario del término latino latus (profundo, espacioso y extenso)y fondo (granja), la palabra latifundio designa una propiedad rural extensa. Estos se destinan en gran medida a la producción de un solo producto (monocultivo), con la intención de alimentar el mercado exterior a gran escala.
entre los principales caracteristicas del latifundio, son la concentración de propiedades en manos de unas pocas familias, grupos o empresas.
ALhola no 4504
En arte. 4, salen a la luz conceptos como propiedad rural, propiedad familiar, módulo rural, pequeñas fincas y latifundios.
Arte. 4 A los efectos de esta Ley, se definen:
I - "Finca Rústica", la edificación rústica, de superficie continua, cualquiera que sea su ubicación, destinada a la explotación extracción agrícola, ganadera o agroindustrial, ya sea a través de planes públicos de recuperación o a través de iniciativas baño;
II - "Propiedad de Familia", la propiedad rural que, directa y personalmente explotada por el agricultor y su familia, absorbe la totalidad de su mano de obra, garantizando su subsistencia y progreso social y económico, con una superficie máxima fijada para cada región y tipo de explotación, y eventualmente trabajar con la ayuda de terceros;
III - “Módulo Rural”, el área establecida en los términos del inciso anterior;
IV - “Minifundio”, propiedad rural con área y posibilidades menores a las de la propiedad familiar;
V – “Latifundio”, propiedad rural que:
a) exceda el tamaño máximo establecido en la forma del artículo 46, § 1, inciso b, de esta Ley, teniendo en cuenta las condiciones ecológicas, los sistemas agrícolas regionales y la finalidad a la que se destina;
b) no excediendo del límite a que se refiere el párrafo anterior, y teniendo una superficie igual o mayor a la dimensión del módulo de la propiedad rural, se mantenga inexplorada en relación con la posibilidades físicas, económicas y sociales del medio ambiente, con fines especulativos, que sea deficiente o inadecuadamente explorado, a fin de prohibir su inclusión en el concepto de empresa rural […]
Aún así, según el Estatuto de la Tierra, existen los conceptos de latifundios por tamaño y latifundios por tenencia. Por un lado, el latifundio por tamaño sería aquel en el que el área es seis veces mayor que el módulo rural, con posibilidad de ser aprovechado de manera adecuada.
Por otra parte, el latifundio por explotación, en suma, es la propiedad que tiene como principal característica la improductividad. Generalmente, los terrenos tienen por objeto la especulación inmobiliaria.
Latifundio y minifundio son clasificaciones fáciles de definir, ya que uno es prácticamente opuesto al otro. Vea las características que los distinguen:
La Constitución Federal define, en su art. 186, la función social de la tierra:
Arte. 186. La función social se cumple cuando la propiedad rural reúne, simultáneamente, según los criterios y grados de exigencia establecidos por la ley, los siguientes requisitos:
I - uso racional y adecuado;
II - uso adecuado de los recursos naturales disponibles y preservación del medio ambiente;
III - observancia de las disposiciones que regulan las relaciones laborales;
IV - explotación que favorezca el bienestar de propietarios y trabajadores.
En la discusión de la función social de la tierra, la denominación de latifundios productivos e improductivos.
O finca productiva está ligado a la propiedad que cumple su función social, es decir, se explota de acuerdo con los criterios establecidos por la ley. ya el latifundios improductivos, no es más que una propiedad con una función social incumplida, por lo tanto, dueña de tierras improductivas.
Por tanto, el uso de la tierra debe estar ligado al interés público, es decir, debe atender intereses tanto individuales como colectivos.
Así, la tierra improductiva no cumpliría la función social.
El origen del latifundio en Brasil está ligado a la período colonial. Con la llegada de los portugueses, comenzó la división de Brasil en capitanías: pequeñas fracciones de tierra, donadas a representantes de la nobleza y el ejército.
Estos se designaban mediante raspaduras en sesmarias, y quienes los recibían tenían la obligación de explotarlos económicamente.
Con el tiempo, y tras la independencia, la ley de donaciones de sesmarias fue derogada, pasando a ser la Ley de Tierras. Es hasta el día de hoy un estándar de la estructura de la tierra.
La legislación establece que para tener derecho a un terreno es necesario pagarlo. De esta manera, el modelo de división resultó en la aparición de muchos latifundios y poco acceso a los activos, ya que la concentración de la mayor parte de la tierra está en manos de grandes terratenientes.
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