El Tribunal ordenó la suspensión inmediata de los descuentos del crédito deducible de nómina realizados sobre el beneficio de pensión por fallecimiento de un residente de Campo Largo (PR).
Dos instituciones financieras, los bancos Daycoval y C6, fueron condenados a reembolsar las cantidades deducidas. La sentencia fue dictada por el juez federal Augusto César Pansini Gonçalves, del 6º Tribunal Federal de Curitiba.
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El autor de la demanda, un pensionista de Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), afirma que no solicitó préstamos a estos bancos y que no firmó ningún documento autorizando estos préstamos que fueron acreditados en su cuenta Caixa Econômica.
También alega que no autorizó a Caixa a compartir sus datos bancarios con otros bancos. Ante estas acusaciones, la víctima solicitó la devolución del doble de lo deducido y una indemnización por daño moral.
El juez federal Augusto César Pansini Gonçalves, al analizar el caso, destacó que la devolución de los valores no deben duplicarse, incluso ante la prueba pericial de falsificación de la firmas.
Sin embargo, el juez garantizó el derecho a una indemnización por daño moral a la autora de la acción, al considerar que los descuentos indebidos le provocaron molestias presumibles.
El juez destacó la situación del pensionado, que percibe ingresos no tan elevados, haciendo plausible la conjetura de que las personas En estas condiciones son más susceptibles a situaciones que los individuos activos y mejor pagados pueden considerar como simples molestias.
De esta forma, el pensionado recibirá R$ 10.000 como indemnización por daño moral, R$ 5.000 por cada institución financiera.
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