Las personas a cargo de un asegurado del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), luego del fallecimiento de éste, tienen derecho a recibir la pensión por fallecimiento. Este beneficio tiene por objeto garantizar el sustento de los familiares del contribuyente que fallece. Además, todavía hay muchas dudas sobre el tema. Así que, ¡sigue leyendo y cuerdo, a continuación, los principales!
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Como se establece en el artículo 16 de la Ley de Planes y Beneficios de la Seguridad Social (Ley 8.213/91), los siguientes grupos pueden ser considerados dependientes del asegurado:
Primero, los dependientes del difunto que estaba asegurado deben acceder al sitio web inss.gov.br. Después de eso, inicie sesión en el portal, busque "Pensão" en el menú principal y luego haga clic en "Pensão por Morte Urbana" o "Pensão por Morte Rural".
Poco después, el sistema de la página le pedirá que actualice sus datos de registro. Por lo tanto, realice la acción y haga clic en "Siguiente". Ahora, el sistema le informará algunos términos y normas, y después de la lectura completa, haga clic en Continuar.
Al final, el familiar del asegurado deberá confirmar sus datos de contacto, cumplimentar todos los datos y adjuntar los documentos solicitados por el organismo para la valoración del caso.
El cálculo de cuánto recibirán los familiares del asegurado por concepto de pensión por fallecimiento se basa en el monto que percibió el contribuyente en la jubilación o en vida. Así, la seguridad social contabiliza todos los aportes realizados por el titular y aplica las siguientes reglas: