Los beneficiarios del INSS mayores de 65 años tienen derecho a exención del impuesto sobre la renta dual. La legislación permite el recurso en el límite de R$ 1.903,98 mensuales sobre renta imponible. Sin embargo, también existe la posibilidad de exención por edad, que se aplica a ingresos de R$ 1.903,98 o más por mes.
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Sin embargo, cabe mencionar que el valor del monto luego de deducir la bonificación ingresa como base imponible, con la debida recaudación. La regla también se aplica a las pensiones privadas o las que se traspasan a reservas remuneradas o a la jubilación a partir del mes en que cumplen 65 años.
Además, la bonificación no es aplicable a los salarios ocasionales resultantes de cualquier actividad realizada en el año u otros ingresos imponibles, como el alquiler. Incluso, es necesario declarar el recibo de todos los alquileres. Las demás reglas del IR para jubilados son las mismas que siguen los demás contribuyentes.
Sin embargo, tenga cuidado de no confundir la “doble exención” para jubilados con la prestación por enfermedad en caso de enfermedad grave, que están totalmente exentas. Por lo tanto, solo los contribuyentes con enfermedades específicas mencionadas en la ley reciben este beneficio.
Al llenar el formulario “Ingresos Exentos y No Tributables de Rentas”, en la línea “10 – Porción exenta del ingreso para el retiro, reserva remunerada, retiro y pensión para derechohabientes de 65 años o más", indicar qué porción está exenta de retiro o pensión.
La información solicitada es:
Dichos datos se describen en el informe de resultados del INSS. Con eso, ese ciudadano que ya tenía 65 años desde enero de 2021 declara, en valor, el total de R$ 22.847,76, más el 13 de R$ 1.903,98. El monto que exceda el total permitido en el año deberá declararse en el formulario “Renta Tributable Recibida de Personas Jurídicas”.