Es común tener que ir a trabajar incluso con signos de enfermedad física y emocional. Sin embargo, cuando estos signos impidan total y permanentemente su capacidad para trabajar, es posible tener derecho a jubilación por invalidez del INSS. Este es un beneficio destinado a personas que, por alguna razón de salud, están definitivamente imposibilitadas para trabajar.
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De hecho, no existe una lista definitiva de enfermedades que califican para la jubilación por invalidez. Sin embargo, existe una lista de enfermedades graves que, tal y como establece la ley, no requieren el requisito de carencia del INSS.
Por lo tanto, si la persona tiene alguna de las siguientes enfermedades graves, no es necesario realizar las 12 mensualidades al INSS para tener derecho a la jubilación por incapacidad permanente. Vea:
Si bien esta lista de enfermedades dispensa del requisito del período de carencia del INSS, no son las únicas que garantizan el derecho a la jubilación por invalidez. Además de las mencionadas enfermedades, el haber sufrido un accidente, sea o no de trabajo, que te deje incapacitado de forma permanente y no te permita rehabilitarte, puede generar el derecho a esta prestación.
A pesar de ser un beneficio popular, hay detalles que lo hacen más complejo. Por ejemplo, estar enfermo no es suficiente para asegurar la jubilación. Además de todo lo ya comentado, también es necesario que la enfermedad impida al trabajador ejercer cualquier otro puesto o profesión. Consulta todas las normas para obtener la jubilación por invalidez:
En cuanto a esta última regla, en teoría, para tener derecho a la jubilación por invalidez es necesario haber realizado al menos 12 cuotas mensuales al INSS antes del inicio de la invalidez permanente. Sin embargo, existen 3 excepciones en las que no necesitarás cumplir con el requisito del período de gracia del INSS, consúltalo: