O salario mínimo de los docentes se ha restablecido a BRL 2.557,74, a partir del 1 de enero de 2019. El Ministerio de Educación anunció el reajuste del 4,17%, según lo determina el artículo 5 de la Ley N° 11.738, de 16 de julio de 2008. El valor corresponde al salario inicial de los profesionales de la docencia pública en educación básica, con educación media, modalidad normal, 40 horas semanales.
El piso salarial fue establecido por la Ley N° 11.738 en cumplimiento de lo dispuesto por la Constitución Federal, en el artículo 60, fracción III, inciso “e”, de la Ley de Disposiciones Constitucionales Transitorias. Según el dispositivo, la base salarial profesional nacional para la docencia pública en educación básica se actualiza anualmente en enero, a partir de 2009.
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En el único párrafo del artículo, se define que esta actualización se calculará utilizando el mismo porcentaje de crecimiento del Valor Mínimo Anual por Alumno (VAA) referido a los años iniciales de la educación básica urbana, definidos a nivel nacional, de conformidad con la Ley N° 11.494, de 20 de junio, 2007.
De acuerdo con la legislación vigente, la actualización refleja la variación del VAA definido a nivel nacional en el Fondo de Mantenimiento y Evolución de la Educación Básica y Valoración de los Profesionales de la Educación (Fundeb) de 2018, frente al valor de 2017.
De esta forma, el cálculo se realiza con la variación entre la Ordenanza Interministerial MEC/MF nº 6, de 26 de diciembre, 2018, con VAA de R$ 3.048,73, y Ordenanza Interministerial MEC/MF nº 08, de 29 de noviembre de 2017, con VAA de R$ 2.926,56. Con el cálculo, el MEC alcanzó una variación del 4,17%, que debe aplicarse al valor del Piso Salarial Nacional Profesional (PSPN) del año anterior, en este caso en 2018, de R$ 2.455,35.
La metodología propuesta es utilizar el porcentaje de crecimiento del VAA, con referencia a los dos ejercicios fiscales inmediatamente anteriores a la fecha en que deba realizarse la actualización. La Nota Técnica N° 36/2009, del Ministerio Público, acompañó este entendimiento.
Según el MEC, este formato para la corrección del salario mínimo se utiliza desde 2010. Como hasta el momento no ha habido cambios expresos en la Ley, así como en el método de cálculo, se entiende que se mantiene la metodología para la constitución del porcentaje de variación del PSPN. La información es del Ministerio de Educación.