Las revisiones del INSS son las que se realizan para corregir cualquier error en el cálculo de las prestaciones. Así, la revisión del artículo 29, por ejemplo, garantizó a todos los asegurados que se jubilaron por invalidez entre 2002 y 2009 el derecho a la corrección.
Durante estos años, el INSS dejó de descartar el 20% más bajo de cotizaciones del salario medio de los profesionales. Si usted fue una de las personas que recibió la cantidad calculada por error, continúe leyendo el artículo y vea la mejor manera de apelar.
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El tema de las revisiones del INSS ha cobrado fuerza en los últimos meses, desde el momento en que el Supremo Tribunal Federal (STF) aprobó el reajuste de pagos para las personas que reciben una pensión o Jubilación.
La revisión vitalicia, como se conoció, permitía al jubilado o pensionado solicitar la revisión de sus ganancias. Pero, solo pueden postular quienes tengan aportes al INSS antes de 1994.
De esta forma, todos los que tenían sus valores revisados lograron un pequeño aumento en sus recibos. Sin embargo, esta es solo una de las opciones de revisión, ya que existen varias otras a través de las cuales se puede buscar el ajuste del beneficio. ¡Seguir!
Todos los asegurados que hayan recibido prestaciones del Seguro Social entre el 05/10/1988 y el 05/04/1991 deben tener ingresos mensualmente recalculados y reajustados de acuerdo con las nuevas reglas establecidas en la Ley de Beneficios, con la debida corrección inflacionista.
Beneficiarios que realizaron actividades rurales antes del 11/1991, independientemente de pagos de la seguridad social, podrá recalcular el monto o, si aún no están jubilados, solicitar el beneficio.
Quienes tuvieron la solicitud de pensión por muerte atendida entre el período del 05/1995 al 12/1997 sin interpretación adecuada de la Ley 9.032/95, que fijó el valor de la pensión en el 100% del salario de beneficio del beneficiario, podrá recurrir a esta revisión.